Dentro del SGSST encontramos la Rendición de cuentas un tema que desde el decreto 1072 del 2015 se ha convertido como una de las acciones fundamentales dentro de la implementacion y administración del SGSST y de hecho hasta la actualidad con la resolución 0312 del 2019 se establece como una acción que debe realizarse de forma periódica, en esta oportunidad te vamos a dar algunos datos importantes que debes tener en cuenta para que puedas aplicarlo fácilmente.
Establecemos la rendición de cuentas como la acción en la que las personas responsables o a cargo del SGSST (sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo) presentan los resultados del último periodo de gestión (usualmente del último año) en el cual se le informa a la parte gerencial que acciones o actividades se han realizado para de esta manera poder brindarle a la empresa información clara como parte del objetivo de mantener a las personas de todos los niveles de la empresa informados incluida la alta dirección.
Aunque a nivel normativo lo podemos interpretar como la persona asignada como responsable del SGSST, lo más correcto es que la rendición de cuentas sea creada por parte de todas las personas que tienen un rol de gestión en el SGSST esto significa que además de las personas que tienen la responsabilidad del SGSST existen unos actores secundarios que también permiten la ejecución de actividades o acciones que permiten un adecuado cumplimiento de los objetivos y metas propuestas
Recordemos que para quien va dirigido, lo cual en este caso asumimos que va para gerentes o directivos de una empresa es decir personas que aunque hayan tenido contacto en repetidas ocasiones con el SGSST buscan ver cuáles son los resultados de toda la gestión que realizamos de una forma sintetizada, pero respaldada con información. Esto quiere decir que debemos plasmar en un informe cuales son las características principales de los avances y logros así como también cuales son aquellas falencias u oportunidades de mejora que deben ser tomadas en cuenta con la información detallada a modo de anexos para los casos en los que se que recibe la rendición de cuentas quiera profundizar.
Dentro de las normas legales en las que se establece el requerimiento encontramos:
Artículo 2.2.4.6.8. Obligaciones de los empleadores
“Rendición de cuentas al interior de la empresa: A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño.”
Capítulo 3 (donde se describen los estándares del SGSST)
“Realizar anualmente la Rendición de Cuentas del desarrollo del Sistema de Gestión de SST, que incluya a todos los niveles de la empresa.
Solicitar los registros documentales que evidencien la rendición de cuentas anual, al interior de la empresa.
Solicitar a la empresa los mecanismos de rendición de cuentas que haya definido y verificar que se haga y se cumplan con los criterios del requisito.
La rendición de cuentas debe incluir todos los niveles de la empresa ya que en cada uno de ellos hay responsabilidades sobre la Seguridad y Salud en el Trabajo”
Artículo 27 (se establece el valor de en la evaluación de estándares)
“Rendición de cuentas (1%)”
En Safe Mode tenemos servicios y productos en Seguridad y Salud en el trabajo, ambiente y calidad que te pueden interesar contactanos o consulta nuestros servicios.
La seguridad en la vía es un tema que nos concierne a todos, desde el… Leer más
La integridad y confianza dentro de cualquier entorno laboral son fundamentales para el buen desempeño… Leer más
La inspección de botiquin es un proceso crucial en cualquier entorno, ya sea en el… Leer más
La salud auditiva en el ámbito laboral es un pilar fundamental del bienestar de los… Leer más
En la normatividad colombiana vigente se establecieron unos estándares de obligatorio cumplimiento, reglamentados por parte… Leer más
En el ambiente laboral, la iluminación juega un papel crucial no solo en la productividad… Leer más
¿Te ayudamos con el SGSST?
QUIERO LA AYUDA ✅
Deja un comentario