Las Incapacidades que se presentan en las empresas deben ser manejadas de acuerdo a lo que establece el Ministerio de Trabajo y su reglamentación o normas vigentes.

En la mayoría de los casos existen algunas preguntas de se generan entorno a las Incapacidades, es por esto que el día de hoy quisimos aclarar algunas de las más frecuentes para poder tener un poco de claridad sobre este tema y así saber que debo tener en cuenta en los casos de incapacidad.

¿Qué es una incapacidad Medica?

Es cuándo una persona no puede desempeñar sus labores cotidianas, por tener una enfermedad que puede ser temporal o permanente, la cual ocasiona una alteración física o mental en sus capacidades normales de una persona para desarrollas ciertas actividades o funciones.

Tipos de las incapacidades

En este caso te presentamos algunos de los tipos de incapacidad que se podrían presentar en las empresas por parte de los trabajadores, cabe agregar que según el tipo de incapacidad se realizar distintas acciones:

  1. Enfermedad general
  2. Licencia de maternidad
  3. Licencia remunerada de paternidad
  4. Incapacidad de origen laboral

¿Qué es el auxilio por incapacidad?

Es el reconocimiento económico que hace las EPS (Entidad Promotora de Salud)  a sus afiliados cotizantes no pensionados, por todo el tiempo en que dure esta incapacidad para que pueda seguir recibiendo de manera normal el dinero que devengue cada mes.

¿Quién paga la incapacidad?

Los tres primeros días estarán a cargo del empleador, pero después de cuarto día  hasta por 180 días  el pago será por parte de la EPS si es una incapacidad asociada por condiciones de origen común o la ARL si esta relacionada por condiciones laborales como accidentes de trabajo o enfermedades laborales.

Valor que se paga por incapacidades

Si bien es obligatorio garantizar que el trabajador que se incapacite remunere a nivel legal cuando hay una incapacidad los valores que se devengan no serán los mismos que recibe en su salario, como se puede ver representado en la siguiente tabla:

Régimen de pago de incapacidad de origen común
Período de incapacidad Responsable que asume los valores Porcentaje del IBC (ingreso base de cotizacion)
Día 1 y 2 Empleador 66,67 %
Día 3 a 90 EPS 66,67 %
Día 91 a 180 EPS 50 %
Día 181 a 540 Fondo de pensiones 50 %
Día 541 en adelante EPS 50 %

Nota aclaratoria: Se encuentra reglamentado que si bien al realizar el pago de una incapacidad esta podría ser reducida no puede ser menor al salario mínimo vigente.

Ejemplo de reducción por incapacidad

Un trabajador que tiene como ingreso base $ 3.000.000 de pesos que tiene una incapacidad de 30 días recibirá de salario el 66.67% de su salario habitual, es decir $ 2.000.100.

Despidos por incapacidades

¿Puede despedirse a un trabajador que se ausenta del trabajo sin justificar la incapacidad?

Si un trabajador deja de asistir  a sus labores diarias y previamente no ha avisado al empleador de su incapacidad el cual no ha mostrado, las ordenes de EPS (incapacidades medicas de origen común) o ARL (incapacidades de origen laboral), se podría aplicar el artículo 60 del Código Sustantivo de Trabajo en su numeral 4  en donde manifiesta:

“Está prohibido a los trabajadores faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del empleador, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar de trabajo”

¿Son válidas las incapacidades que emite un médico particular?

Para que una incapacidad tenga valides es necesario  que sea reconocida por la EPS en donde entrara a determinar en cada caso las condiciones, circunstancias y tratamientos médicos particulares.

Si estas no son justificadas por la EPS podría el trabajador incurrir en incumplimiento de sus labores. Y su incapacidad no tendría ninguna validez.

¿Cuándo no se pagan las incapacidades?

  1. Incapacidad después del retiro de la EPS
  2. Cuando la cotización es menor al salario mínimo
  3. Cuando los afiliados están en calidad de pensionados
  4. Cuando el empleador se encuentra en mora con el pago del SGRL
  5. Incapacidades presentadas fuera del plazo establecido por EPS

¿Cómo se radican las incapacidades?

Las incapacidades generadas en línea se deben radicar por la página de cada  EPS y las incapacidades generadas en forma manual se deben radicar en las oficinas regionales presentando el certificado original de la incapacidad.

Información sobre incapacidades

Cabe agregar que lo más recomendable par evitar inconvenientes con los trabajadores por el manejo de incapacidades se debería contemplar socializar los procedimientos o conductos regulares que se deben seguir en caso de incapacidades para evitar que por desconocimiento los trabajadores generen incumplimientos.

Estos temas pueden ser compartidos mediante una capacitación o incluirlos en la inducción al SG-SST para garantizar que todos reciban esta información.

Dentro de los temas que recomendamos proporcionar son:

  • Tiempos para presentar incapacidades
  • A quien se le debe notificar sobre incapacidades
  • Validez de incapacidades solo de la EPS

Incapacidades en el SG-SST

Ya sea que una incapacidad se presente por origen común o laboral es importante registrar también esta información en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) dentro de los indicadores. Esto se debe a que como uno de los objetivos es garantizar la salud e integridad de las personas dentro de los indicadores podemos reconocer en gran medida la efectividad de nuestras acciones.

Normas relacionadas con incapacidades

Norma Relación con Incapacidad
Decreto 1427 de 2022 Reglamenta las prestaciones económicas del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Código Sustantivo del Trabajo Establece el pago de incapacidades de origen común al trabajador
Ley 100 de 1993 Regula el Sistema General de Seguridad Social, incluyendo incapacidades laborales
Ley 1751 de 2015 Regula el derecho fundamental a la salud y mecanismos de protección por parte del Estado

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Miguel Rojas

CEO - Safe Mode

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