Con el reporte de la autoevaluación de los estándares mínimos del SG-SST se busca que las empresas y organizaciones en todo el país registren directamente ante el Ministerio de Trabajo las características del estado del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Para esto el ministerio establece que se debe realizar mediante la página del Fondo de Riesgos Laborales en cumplimiento del Artículo 2 de la resolución 0312 del 2019
Índice de Contenido
Cuando se estableció
Si bien es cierto desde la resolución 0312 del 2019 se creó toda la estructura de los estándares mínimos que actualmente todas las empresas deben tener para su SG-SST la publicación del requerimiento de hacer el reporte de la autoevaluación de estándares se formalizó el 30 de noviembre del 2020.
Mediante la Circular 071 del 2020 el Min Trabajo se indica donde se comunica la página web dispuesta por el Fondo de Riesgos Laborales.
Quien debe registrar la información
Para el registro de la información la información debe realizarla el responsable del Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo o quien haya firmado con su licencia la última Autoevaluación de estándares mínimos.
Teniendo en cuenta que el objetivo de esta acción es reconocer el estado de cada una de las empresas u organizaciones y que toda esta información podrá ser verificada por parte del Ministerio de Trabajo es recomendable alimentar la información con total honestidad
A quienes le aplica registrar la autoevaluación
Teniendo en cuenta que este requisito es derivado de la resolución 312 tiene el mismo campo de aplicación es decir:
Empleadores públicos y privados, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a los trabajadores dependientes e independientes, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones o asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral, a las empresas de servicios temporales, a los estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales y los trabajadores en misión; a las administradoras de riesgos laborales; a la Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las Fuerzas Militares; quienes deben implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales
Como se debe registrar la autoevaluación
Si vas a hacer el reporte de la autoevaluación de estándares del SG-SST lo debes ir a la página designada por parte del MinTrabajo.
Da clic aquí para acceder a la Pagina
Link alterno
Te recomendamos recolectar toda la información antes de iniciar ya que son varias preguntas y lo ideal es que cuentes con todos los datos para alimentar la información desde el formulario web de forma fácil y rápida.
Todas las preguntas o información que se solicita está disponible en el manual y procedimiento creado para este fin, lo puedes descargar a continuación en PDF
Preguntas del Reporte Autoevaluación De Estándares
de igual forma acá te compartimos toda la información información que se solicitará:
Sección 1 información de la organización
- Dirección de correo electrónico
- Fecha del reporte (Año)
- Tipo de persona
- Razón Social PERSONA JURÍDICA
- Primer Nombre PERSONA NATURAL
- Segundo Nombre PERSONA NATURAL
- Primer Apellido PERSONA NATURAL
- Segundo Apellido PERSONA NATURAL
- Código de la actividad económica
- Régimen tributario
- Número de identificación tributario SIN dígito de verificación
- Dígito de verificación
- Tipo documento Representante Legal
- Número documento Representante Legal
- Primer NOMBRE del representante legal
- Segundo NOMBRE del representante legal
- Primer APELLIDO o de soltera del representante legal
- Segundo APELLIDO o de casada del representante legal
- Correo electrónico
- Número telefónico fijo de la empresa
- Número celular de la empresa
- Dirección de la empresa
- Departamento
- Municipio
- Código de DIVIPOLA Municipio (Empresa)
- Zona donde está ubicada la empresa
- ARL a la que se encuentra afiliada la empresa
- Cantidad de trabajadores
Sección 2 Información del responsable del SG-SST
En esta sección se deberá diligenciar la información del responsable del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo SG – SST, el cual contiene los siguientes campos:
- Primer NOMBRE del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG -SST
- Otros NOMBRES del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG –SST
- Primer APELLIDO o de soltera del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG –SST
- Segundo APELLIDO o de casada del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG -SST
- Tipo de documento del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG -SST
- Número de documento del responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo – SG -SST
- Fecha de la expedición o renovación de la licencia en SO o SST
- Número de la licencia
- Municipio de la entidad que genera la Resolución
- Departamento de la entidad que genera la Resolución (Secretaría de salud)
- Código DIVIPOLA Municipio de la entidad que genera la Resolución
- Entidad que autoriza la Resolución de la licencia (Secretaría de salud)
- Fecha de certificación del curso de 50 horas
- Entidad que certifica el curso
- Nivel de estudios
- Profesión
- Nivel de experiencia en SST
Sección 3 Auto evaluación de estándares de resolucion0312 del 2019 (Tipo PHVA)
Y posterior a esta información deberás de forma manual registrar todos los datos de la auto evaluación
- PLANEAR – GESTIÓN INTEGRAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (15%)
- HACER – GESTIÓN DE LA SALUD (20%)
- VERIFICAR – VERIFICACIÓN DEL SG –SST (5%)
- ACTUAR – MEJORAMIENTO (10%)
Calificación de los estándares
Teniendo en cuenta que el formulario para el reporte de la autoevaluación de estándares está programado como una evaluación de forma automática después de responder las 105 preguntas que contiene saldrá un resultado con un número, para conocer la calificación con el porcentaje de cumplimiento debe hacerse la división del puntaje entre 10
Ejemplo:
829 / 10 = 82,9%
Tiempo límite y plazo de reporte
Si bien es cierto no se establece de momento una fecha límite o plazo para registrar esta información los mas recomendable es que se realice en el mes de diciembre del 2020.
importante: nos tomamos la tarea de comunicarnos directamente con el Ministerio de Trabajo, para validar si se establecía algún plazo para diligenciar el reporte de los estándares en la página establecida, a lo cual nos responden que aun cuando en los comunicado o la circular 71 del 2020 no establece fechas limites pero indican que de momento establecen que todas las empresas deberían hacer el reporte hasta 31 de enero del 2021. (La fecha fue actualizada)
Cabe agregar que esta es la primera vez que se debe hacer el reporte de todas las organización y posterior a esto la idea es que cada año se vuelva a actualizar la autoevaluación de estándares mínimos del SG-SST ante el Min Trabajo.
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