El reporte de cada accidente de trabajo que se presente es responsabilidad de la empresa o empleador para así notificar a la ARL o administradora de riesgos laborales en un plazo máximo 2 dos días (48 horas) cabe destacar que la responsabilidades de las empresas no se limita únicamente al reporte, es por esto que lo más recomendado es tener en cuenta lo siguiente:
Cabe destacar que según en que ARL se encuentre afiliado se puede realizar el reporte desde diferentes medios como por ejemplo correo electrónico, llamada telefónica o desde la página web de la Administradora de riesgos laborales.
El FURAT (Reporte de Presunto Accidente de Trabajo) es un documento con el cual se formaliza el registro de un reporte de accidente de trabajo ante la ARL Administradora de Riesgos Laborales en donde se detalla toda la información tanto de la empresa como del empleado que sufrió el accidente, así como unos datos relacionados con la ocurrencia y características específicas que dieron lugar a que se presentará un accidente.
Cuando excedemos el plazo establecido de 2 días para el reporte de un accidente de trabajo se puede dificultar de forma importante el reporte ya que es un proceso administrativo en el cual se tiene que documentar de forma específica y clara las razones por las cuales la empresa no realizó el reporte a tiempo.
Y muchas veces en estos casos se presentan retrasos en los tratamientos medicamentos o acciones que permitan recuperar al trabajador puramente por el trámite administrativo en el que la ARL acepta haber recibido el reporte de accidente de trabajo.
Por esta razón siempre es muy recomendado que inmediatamente se tenga conocimiento de un accidente de trabajo se reporte a la ARL.
Sin importar a la ARL en la cual la empresa tenga afiliación de sus empleados se manejan los mismos tiempos y plazos para el reporte de un accidente de trabajo.
Esto se debe a que el tiempo o plazo para el reporte de un accidente esta fijado en la normatividad legal DECRETO 1295 DE 1994
Esta es una situación que se presenta con cierta frecuencia donde el empleador o la organización no está enterada de la ocurrencia de un accidente de trabajo sin embargo cuando es notificada por parte del trabajador muchas veces ya ha pasado el tiempo límite para el reporte de accidente.
En este caso igualmente se podría llegar a tramitar el reporte de accidente ante la ARL sin embargo como mencionamos antes al haber pasado el plazo de tiempo es probable que se demore un poco más de el registro del accidente de trabajo, sin embargo en los casos en los cuales el trabajador se encuentre mal de salud y necesite de forma muy urgente atención médica cualquier entidad le podrá brindar atención inicialmente de primeros auxilios hasta que la ARL reciba el reporte del accidente y nos indique a qué clínica u hospital puede llegar a ser trasladado el trabajador en cuestión.
Dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST es fundamental reconocer cuántos accidentes se presentan como mínimo una vez al año para ello se puede solicitar a la ARL un certificado en el cual nos indiquen cuántos accidentes se reportaron en este periodo de tiempo.
Una vez tengamos en nuestra posesión este certificado es fundamental verificar que todos los accidentes que se han reportado han sido debidamente investigados y se han creado planes de acción para mitigar o reducir los riesgos que dieron origen a estos accidentes.
La normatividad colombiana nos establece que en los casos de accidentes de trabajo siempre debe haber un reporte ante la ARL y esto se debe a que no sólo es el conducto regular establecido a nivel normativo sino también garantizamos que el trabajador que ha tenido un accidente va a recibir el tratamiento médico necesario para recuperarse o no verse tan afectado por la situación de accidente que lo afectó.
En los casos en los cuales no se reporta un accidente de trabajo la empresa podría llegar a ser penalizada o visitada por parte del Ministerio de Trabajo para validar cuáles son las condiciones laborales y el manejo que se le está dando al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo ya que si se estuviera administrando de forma adecuada este proceso no tendría porqué dejar de reportar los accidentes de trabajo que se presenten en la organización.
No basta únicamente con reportar ante la ARL un accidente de trabajo, es necesario también realizar una serie de acciones que permitan controlar todos los riesgos que puedan afectar a los trabajadores con el potencial de producir nuevos accidentes de trabajo por la misma causa, es por esto que es necesario tener en cuenta estos pasos tras haber presentado un accidente de trabajo.
Se reconocen cuáles fueron las causas que dieron origen al accidente de trabajo y se plantean cuáles podrían ser las acciones convenientes para controlar los riesgos (te recomendamos nuestro articulo de investigación de accidentes de trabajo)
Se ponen en marcha las acciones que garantizan que hay un control sobre los riesgos que dieron origen al accidente de trabajo.
Se verifica después de un tiempo de haber implementado los planes de acción todos los resultados obtenidos en cuanto a la mitigación eliminación o control de los riesgos que dieron origen al accidente de trabajo.
A continuación te dejamos los datos de cada una de las ARL en Colombia para realizar el reporte de un Accidente de Trabajo:
www.positiva.gov.co
Bogotá: 330 7000. Nivel nacional: 01 8000 111 170 (Furat Positiva)
www.arlsura.com
Medellín: 4444578. Líneas de atención 01800 051 1414 o 01800 094 1414 (Furat Sura)
www.axacolpatria.co
Bogotá: 4235757, opción 2111. Nivel nacional: 018000 512620 (Furat Colpatria)
www.colmena-arl.com.co
Bogotá: 4010447. Cali: 4036400. Medellín: 4441246. Barranquilla: 3537559. Resto del país: 018000 919667 (Furat Colmena)
www.segurosbolivar.com
Nivel Nacional: 018000 123322. Celular: #322 (Furat Bolivar)
libertycolombia.com.co
Bogotá: 3077050. Línea nacional gratuita 01-8000-113390 (Furat Liverty)
laequidadseguros.coop/
Bogotá: 7460392. Nivel nacional: 018000 919538. Celular: #324 (Furat Equidad)
www.mapfre.com.co
Bogotá: 3077024. Nivel nacional: 018000 519991. Celular: #624 (Furat Mapfre)
www.segurosalfa.com.co
Bogotá: 3077032. Nivel nacional: 018000 122532 (Furat Alfa)
www.segurosaurora.com
Bogotá: 5424570; 7425119. Nivel nacional:018000 118546 (Furat Aurora)
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