La asistencia a las capacitaciones HSEQ no es opcional. En Colombia, la normatividad del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) establece que todos los trabajadores deben participar obligatoriamente en las actividades de capacitación, ya que estas son fundamentales para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como para el cumplimiento legal de las empresas.
Estas capacitaciones permiten que los trabajadores identifiquen peligros, adopten medidas preventivas y comprendan su rol dentro del SG-SST, reduciendo significativamente la probabilidad de incidentes y accidentes.
Sí, es obligatorio asistir a las capacitaciones HSEQ. El Decreto 1072 de 2015 establece claramente que todos los trabajadores deben participar en las actividades de formación y capacitación programadas dentro del SG-SST.
En particular, el artículo 2.2.1.2.3.3 y el artículo 2.2.4.6.35 señalan la responsabilidad tanto del empleador como del trabajador frente a la formación en seguridad y salud en el trabajo, dejando claro que la inasistencia injustificada constituye un incumplimiento.
El empleador tiene la obligación de:
Programar capacitaciones acordes a los riesgos de la empresa.
Garantizar la participación de todos los trabajadores.
Disponer del tiempo laboral necesario, el cual debe ser remunerado.
Asignar recursos humanos, técnicos y económicos para su ejecución.
La normativa establece que el empleador debe facilitar horas dentro de la jornada laboral para actividades de capacitación, evitando que estas se perciban como una carga adicional para el trabajador.
Así como el empleador tiene obligaciones, el trabajador también debe:
Asistir puntualmente a las capacitaciones programadas.
Participar activamente en las actividades.
Aplicar los conocimientos adquiridos en su labor diaria.
Cumplir con las instrucciones de seguridad impartidas.
Negarse a asistir sin justificación puede derivar en llamados de atención, procesos disciplinarios y registros de incumplimiento dentro del SG-SST.
Sí. Los cargos directivos, administrativos y de alta gerencia también deben asistir a las capacitaciones HSEQ. La normativa no establece excepciones por nivel jerárquico, ya que todos los trabajadores están expuestos a riesgos laborales, independientemente de su cargo.
Además, la participación de la alta dirección demuestra compromiso con la cultura de prevención y fortalece el liderazgo en seguridad y salud en el trabajo.
Cumplir con las capacitaciones HSEQ genera múltiples beneficios:
Reducción de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Mayor conciencia y autocuidado de los trabajadores.
Cumplimiento legal ante el Ministerio del Trabajo y las ARL.
Mejores resultados en auditorías del SG-SST.
Avance en procesos de certificación de sistemas integrados de gestión.
En conclusión, capacitar no solo es una obligación legal, sino una inversión en la protección de las personas y en la sostenibilidad de la organización.
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