Por la cual se establece que todas las organizaciones deben presentar un reporte autoevaluación de estándares mínimos SG-SST ante en Min Trabajo y el Fondo de riesgos laborales desde la Página https://sgrl.mintrabajo.gov.co/
MINISTERIO DEL TRABAJO
CIRCULAR No. 0093
Bogotá D.C,
18 DICIEMBRE 2023
PARA:
Empleadores públicos y privados, contratantes de personal bajo ‘modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, trabajadores dependientes e independientes, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, agremiaciones o asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral, Empresas de Servicios Temporales y Trabajadores en Misión, Estudiantes afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales, Administradoras de Riesgos Laborales; Policía Nacional en lo que corresponde a su personal ‘no uniformado y al personal civil de las Fuerzas Militares; quienes deben implementar los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST en el marco del Sistema de Garantía de Calidad del-Sistema General de Riesgos Laborales.
DE:
Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección
ASUNTO:
Registro anual de autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST
De conformidad con lo señalado en la Resolución No. 0312 de 2019 y en cumplimiento a lo establecido en el artículo 26, que establece que «Desde enero del año 2020 en adelante, (…) en el mes de diciembre las empresas deberán: 1. Aplicar la autoevaluación conforme a la Tabla de Valores y Calificación de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de SST, mediante el diligenciamiento del formulario de evaluación establecido en el artículo 27 de la presente Resolución”.
Por lo anterior, todas las empresas y entidades destinatarias de la presente circular deberán registrar la autoevaluación correspondiente al año 2023 en la aplicación disponible en https://sgrl.mintrabajo.gov.co, dentro de los períodos que se relacionan a continuación:
Nota: Durante el mes de enero de 2024 y teniendo en cuenta el cambio de las vigencias fiscales que se generan al interior del gobierno nacional, las vacaciones colectivas que se surten en algunas empresas y la vacancia judicial, el aplicativo se encontrará inhabilitado, a efecto de mantener el equilibrio para todos los obligados a realizar la autoevaluación correspondiente.
Previo a realizar el proceso de reporte de autoevaluación, es necesario que sean revisados los instructivos, FAQ de preguntas frecuentes y videos detallados que explican el paso a paso, los cuales se encuentran en el acceso -Ayuda Audiovisual- para el reporte de Autoevaluación de Estándares Mínimos. El servicio de soporte que brinda el Ministerio del Trabajo está enfocado en atender solicitudes que no se encuentren relacionadas en dicho material.
En el desarrollo de este ejercicio, el Ministerio del Trabajo estará presto a apoyar y acompañar los procesos que se requiera, a través de la Dirección de Riesgos Laborales en el correo electrónico: sgrldatosti@mintrabajo.gov.co
La presente circular, deja sin efectos cualquier pronunciamiento que le sea contrario, en particular la Circular 082 del 23 de diciembre de 2022.
Atentamente,
EDWIN PALMA EGEA
Viseministro de relaciones laborales e inspección
MINISTERIO DEL TRABAJO
La Circular No. 0093 emitida por el Ministerio del Trabajo de Colombia establece la obligación para empleadores públicos y privados, y otras entidades y personas relacionadas con el sistema laboral, de realizar y registrar una autoevaluación anual de los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Esta autoevaluación debe realizarse conforme a la Resolución No. 0312 de 2019 y las directrices que se especifican en ella, utilizando la Tabla de Valores y Calificación proporcionada y completando el formulario de evaluación correspondiente. El registro de esta autoevaluación para el año 2023 debe hacerse en la plataforma https://sgrl.mintrabajo.gov.co, en los plazos establecidos, que son del 18 al 29 de diciembre de 2023 y del 1 de febrero al 29 de marzo de 2024.
La circular también advierte que el aplicativo para el registro estará inhabilitado durante enero de 2024 debido a cambios fiscales, vacaciones colectivas y vacancia judicial, recomendando la revisión de material de ayuda previo al reporte de autoevaluación. Además, el Ministerio del Trabajo ofrece apoyo a través de la Dirección de Riesgos Laborales para cualquier proceso requerido, invalidando pronunciamientos anteriores que se opongan a lo establecido en la presente circular, particularmente anulando la Circular 082 de diciembre de 2022.
Recuerda que para poder cumplir con el SG-SST de forma adecuada debes dejar en manos de expertos con experiencia y licencia Vigente el diseño, implementacion y administración del Sistema de Gestión de seguridad y Salud en El Trabajo.
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