El Comité de Convivencia Laboral también identificado como CCL o COCOLA lo podemos definir como un grupo de apoyo conformado por los trabajadores en el que se busca reconocer y controlar el riesgo psicosocial o situaciones de acoso laboral en una organización.
Es clave identificar las características y alcance que puede tener este comité para poder confirmar y garantizar su funcionamiento.
Que es el comité de convivencia laboral
Se define el Comité de Convivencia Laboral (CCL o COCOLA) como el grupo de apoyo conformado por los trabajadores de la empresa quienes desempeñan la labor de prevención y control de los riesgos psicosociales y situaciones convivenciales.
Se debe crear en todas las empresas con el animo de poder generar condiciones adecuadas de convivencia y una adecuada interacción social con todos los trabajadores, jugando así un papel importante para atender cualquier situación de conflicto e incluso de acoso laboral
Por qué se crea el comité de convivencia laboral
Toda organización debería tener un organismo de control y respuesta ante temas tan delicados como situaciones de conflicto, acoso laboral o riesgos psicosociales.
Es por esto que para lograr una gestión adecuada y constante que promuevan un ambiente laboral favorable es necesario que un grupo de personas de la misma organización puedan darle manejo a estos temas.
La norma colombiana en la que se establecen el Comité de Convivencia Laboral es la resolución 652 del 2012 por parte del Ministerio de Trabajo.
Funciones del Comité de convivencia laboral
A continuación te presentamos algunas de las funciones claves que debe tener el comité de convivencia laboral para poder tener un adecuado funcionamiento
- Atender solicitudes o quejas de convivencia
- Mantener confidencialidad de los procesos que se desarrollen en el comité
- Crear reuniones de conciliación resolución de conflictos
- Establecer acciones de mejora y compromisos para casos que se atiendan
- Promover acciones o actividades que mejoren la convivencia
- Verificar las condiciones con herramientas como clima laboral
- Reuniones al menos cada 3 meses
- Presentar rendición de cuentas o informes de gestión realizada
- Verificar y socializar políticas relacionadas con convivencia o acoso laboral
Cómo conformar el comité de convivencia
Para la conformación del comité de convivencia laboral se le da un manejo muy parecido que al COPASST dónde la mitad de los miembros es elegida por parte de gerencia y la otra mitad es elegida por medio de votación de toda la población trabajadora.
Esto particularmente es importante en este comité ya que permite un grupo que vela por los intereses tanto de los colaboradores como de la organización, logrando así neutralidad tanto en las acciones como en las decisiones que se tomen.
¿Cuándo hacer reuniones COCOLA?
Una actividad periódica dentro del comité de convivencia está relacionada con la programación y ejecución de reuniones al menos 1 vez cada 3 meses, gracias a las cuales se tienen en cuenta las situaciones específicas que la empresa está afrontando en ese momento y a partir de esto desarrollar medidas o planes de acción que permitan una mejoría.
También es recomendable que se lleven a cabo reuniones en las que se les pueda hacer seguimiento a las acciones y controles que se han implementando previamente o también validar que se hayan cumplido los compromisos de los integrantes pactados en reuniones previas.
CCL en caso de Conflictos
Puede no ser una tarea rutinaria si es que en la organización no se presentan con mucha frecuencia situaciones de conflictos, sin embargo es preciso estar preparados para poder afrontar estás situaciones cuando se presentan.
Es decir que en el momento en el que se reporte o se tenga conocimiento de una situación de conflicto lo más asertivo que se coordine una reunión extraordinaria para tratar el tema y según la situación que se presente analizar y tomar acciones que permitan una mejoría en el menor tiempo posible.
Dentro de las situaciones de conflictos entre trabajadores lo más recomendable es hacer una reunión con cada una de las partes involucradas y así poder mediar una solución estableciendo unos compromisos que son de obligatorio cumplimiento para las personas que se encuentran involucradas.
Ley 1010 y el Comité de Convivencia
Dentro de la normatividad que debe conocer el Comité de Convivencia Laboral (CCL) siempre es recomendado conocer la ley 1010
Por medio de la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo
De esta manera podremos asegurar que durante la gestión del comité se van ha seguir los lineamientos legales en particular con situaciones que son delicadas y muchas veces controversiales como el acoso laboral.
si quieres consultar la norma acá podrás conocerla aquí
Casos de Acoso Laboral – Acciones del Comité de Convivencia
Cuando se presenta acoso laboral catalogado a nivel legal como:
Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo
Es necesario que los integrantes del comité identifiquen qué categoría de acoso se está presentando y de forma oportuna tomen acciones o medidas para controlar la situación, dentro de las modalidades de acoso que más se pueden presentar encontramos:
- Maltrato laboral
- Persecución laboral
- Discriminación laboral
- Entorpecimiento laboral
- Inequidad laboral
- Desprotección laboral
Clima Laboral
Una de las misiones más importantes para el comité de convivencia LABORAL (COCOLA) es medir cual es la sensación que tienen los demás trabajadores en aspectos convivenciales e identificar qué falencias y oportunidades de mejora se encuentran, para así poder desarrollar acciones preventivas antes que se presente una situación de conflicto.
Control de Riesgo Psicosocial por el Comité de Convivencia Laboral
El riesgo psicosocial a diferencia de otros factores de riesgos que se podrían manifestar se caracteriza por ser una situación que difícilmente se puede percibir a simple vista, siendo esto un gran reto para los miembros del comité de convivencia ya que se deben en su mayoría tomar acciones preventivas para poder crear controles.
Sin embargo también existen mecanismos como análisis de clima laboral o batería de riesgo psicosocial que nos podrían dar información de cómo se podría manifestar este factor de riesgo.
Planteamiento de Objetivos COCOLA
Uno de los errores que se presentan con mayor frecuencia están relacionados con el planteamiento de objetivos generales en los cuales se va a enfocar el comité de convivencia con su gestión ya que en caso de no tenerlos contemplado (se presenta en la mayoría de los COCOLA) podrían desarrollar actividades poco asertivas que al final de cada periodo no podrían medir cambios generados.
Por eso es recomendable que se planteen por lo menos una vez al año cuáles son los objetivos que se quieren lograr y compáralos con los planteados el año anterior donde se evalúe su efectividad y aplicabilidad para la organización.
Discreción del Comité
Todos los asuntos que se trate al interior del Comité de Convivencia deben ser manejados con total reserva o confidencialidad, esto significa que ninguno de los demás trabajadores que no pertenezcan al comité puedan acceder a la información que se maneja.
Cabe destacar que dentro de esto es necesario que ni los jefes inmediatos deben poder conocer los temas que se trate, para lo cual es fundamental que el comité de convivencia tenga custodia de las actas de reunión y de todos los registros relacionados con las actividades o temas tratados.
Cómo se eligen los miembros del comité de convivencia laboral
para la elección de los miembros de este comité, es necesario considerar que la mitad de los integrantes es elegida por parte de la organización, y la otra mitad por medio de votación o elección popular de los trabajadores de la organización o empresa, de forma proporcional según la cantidad total de trabajadores que se tengan contratadas.
Cuántos miembros de CCL (Comité de Convivencia Laboral) debe haber
De acuerdo con lo que se establece en la normatividad vigente la cantidad de miembros que deben pertenecer al comité de convivencia laboral son:
“El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes”.
“En el caso de empresas con menos de veinte (20) trabajadores, dicho comité estará conformado por un representante de los trabajadores y uno (1) del empleador, con sus respectivos suplentes”.
(Resolución 652 de 2012, artículo 3, modificado por el artículo 1 de la Resolución 1356 de 2012 Resolución 1356 de 2012)
Vigencia del comité de convivencia laboral
Se estableció un tiempo definido de 2 años desde la fecha de conformación, posterior a este tiempo se debe nuevamente hacer elecciones de nuevos integrantes del comité COCOLA.
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